El marco fiscal de mediano plazo, un útil instrumento de planeación financiera y de rendición de cuentas
Colombia ha avanzado mucho en su institucionalidad fiscal. El Marco Fiscal de Mediano Plazo es un buen ejemplo de ello
Como muchos analistas y
pensadores lo han señalado, el tipo de instituciones de que goza un país es
fundamental para garantizar el bienestar y la felicidad de sus habitantes, que
es en últimas el objetivo del estado. Las instituciones son, como lo plantea
Douglas North, “restricciones creadas por los humanos que estructuran la
interacción política, económica y social”. La utilidad de las instituciones consiste en
que, gracias a ellas, según el mismo autor, “se crea orden y se reduce la
incertidumbre en la interacción humana”.
Las instituciones pueden
referirse a todos los aspectos de la relación entre los individuos de una
sociedad: la justicia, el sistema
electoral, la educación, la protección social, la seguridad, etc. Se reflejan
en pautas tanto formales como informales que limitan el comportamiento de los
ciudadanos, especialmente de los funcionarios del estado en cualquier rama del
poder público.
Un aspecto importante de una
sociedad moderna lo constituye la institucionalidad fiscal, entendida esta como
el conjunto de normas y prácticas que determinan el comportamiento de los
responsables de las finanzas públicas (por ejemplo, parlamento, ministros de
hacienda y ministros ejecutores de programas públicos), así como de la
ciudadanía frente a ellos. Harán parte de este marco institucional los sistemas
de decisión sobre impuestos, gastos y deuda pública; los sistemas de ejecución
del presupuesto público, y los mecanismos a través de los cuales los ejecutores
de las decisiones fiscales rinden cuentas a la ciudadanía por el manejo de los
recursos.
Una buena institucionalidad
fiscal debería cumplir las siguientes condiciones:
- Lograr
que la sociedad entienda la importancia de una sana política fiscal y presione
por ella.
- Exponer
los beneficios y los costos financieros y no financieros de las políticas
públicas, tanto en el corto como en el largo plazo.
- Elevar
los costos para los agentes que se desvíen de los objetivos de una sana y
eficiente política fiscal
- Lograr
un adecuado control sobre las acciones de los ejecutores de los recursos
públicos.
El país ha venido con los años
construyendo esta institucionalidad. Falta mucho, es cierto, como lo puede
comprobar la insuficiencia estructural que hoy tiene el gobierno central para
hacer frente a los gastos comprometidos por la constitución y por su desarrollo
legal, así como la ausencia de mecanismos sistemáticos de evaluación del gasto
público.
En esta entrada vamos a
referirnos exclusivamente a un aspecto de ese desarrollo institucional: la exigencia, establecida en la Ley 819 de
2013, de que el gobierno nacional
presente al congreso, antes del 15 de Junio de cada año, un Marco Fiscal de
mediano plazo, que debe ser estudiado con prioridad por las Comisiones
Económicas del Senado y de la Cámara.
Ese marco debe contener las
proyecciones financieras sobre el comportamiento de las finanzas públicas, las metas de superávit primario (el déficit
fiscal sin contabilización de los intereses de la deuda), el nivel de la deuda pública así como un análisis de su
sostenibilidad, un informe de resultados macroeconómicos y fiscales de la
vigencia anterior, una estimación del costo fiscal de las exenciones,
deducciones y descuentos tributarios existentes, el costo fiscal de las leyes
sancionadas el año anterior y una relación de los pasivos contingentes de la
Nación. Establece, además, que en el presupuesto se deben incluir indicadores
de gestión presupuestal y de resultado de los objetivos, planes y programas
desagregados
Uno de los objetivos de esta
norma fue la asegurar una adecuada planeación financiera. Una exageración en
los ingresos o una subestimación en los gastos puede ser un instrumento
mediante el cual un gobierno irresponsable (como los que han existido en muchos
países latinoamericanos,) puede comprometer al estado en multitud de gastos que
no tienen un financiamiento compatible con la estabilidad de las finanzas
públicas.
La adecuada planeación financiera
exige proyectar los ingresos y gastos de la Nación. Desde el año 2003, se han producido 14 de
estos documentos, que pueden ser consultados en la página web del Ministerio deHacienda .
Un ejercicio interesante puede
consistir en comparar las proyecciones hechas en el año anterior, con los
resultados obtenidos, tanto en ingresos, gastos y el déficit total. Es lo que
hemos tratado de hacer. Nos hemos basado en las proyecciones para cada año
presentadas en junio del año anterior, comparándolas con los resultados
obtenidos efectivamente, que se informan en el MFMP del año siguiente. Así, por
ejemplo, las proyecciones correspondientes al año 2014 se informan en el 2013 y
los resultados efectivos en el 2015. En ocasiones fue necesario realizar
ajustes al MFMP. Para hacer coherente el ejercicio, no los estamos
considerando.
En el cuadro siguiente se aprecia
el monto de los ingresos totales (tributarios y no tributarios) del Gobierno
Nacional tanto proyectados como efectivamente recaudados. En ocho de ellos se
han presentado unos resultados superiores a los proyectado, y en cinco se ha
presentado la situación contraria.
En cuanto a los gastos, que se
muestran a continuación, en 7 de los años, los efectivos han sido superiores a
los proyectados, y en seis se ha presentado la situación contraria. La
desviación típica en los ingresos ha sido del 7,7% y en el caso de los gastos del 3,1%.
Se han presentado tres casos casos
especiales de “descache”, atribuibles principalmente a choques externos. En el
año 2009 Colombia, como la gran mayoría de países del mundo, sufrió las
consecuencias de la gran crisis financiera que empezó en Mayo del 2008 con la
quiebra de Lehman Brothers,y que se tradujo en una importante caída en el PIB
de los países industrializados, en la baja en los precios del petróleo y en la
devaluación del peso. El resultado fue que el PIB creció en el 2009 solo en un
1,2% (según la revisión que publicó hace unas semanas el DANE al publicar los
datos con la nueva base estadística). Los ingresos fiscales resultaron
inferiores al 10% de los proyectados, lo cual obligó a un recorte importante de
gastos. El déficit resultante con relación al PIB fue del 4,2%, frente a una
proyección inicial del 3%.
A mediados de 2014, con
posterioridad a la presentación del MFMP, comenzó la caída en los precios del
petróleo. Este documento había
proyectado (Ver MFMP 2014, pag 151) unos precios de US$98 por barril para el
2015. En realidad, los precios fueron en
promedio en ese año de US$43,44 por
barril para la canasta colombiana (MFMP
2016, pag 3). A pesar de una recuperación en los precios del combustible a
partir de 2016, todavía se sienten los efectos de ese duro golpe sobre las
finanzas colombianas.
La otra situación se presentó en
el año 2017, resultado también del deterioro en los ingresos asociado al
comportamiento del petróleo. En efecto, el Gobierno tenía pensado presentar un
proyecto de reforma tributaria en el segundo semestre de ese año, para compensar,
así sea parcialmente los ingresos dejados de recibir. El proyecto se convirtió
en la Ley 1819 de 2016. Pero en las proyecciones presentadas en Junio, como es
lógico, no podrían incluir los ingresos que esa reforma podía arrojar. Los
gastos, tanto en el plan financiero como en el proyecto de la Ley de
Presupuesto se presentaron con un monto incluso inferior al calculado en ese
momento para el 2016. Al aprobarse la reforma tributaria se reliquidó el presupuesto,
y se aumentaron tanto los ingresos como los gastos. Ello explica la desviación
relativamente grande entre los resultados obtenidos en ambos rubros frente a
los proyectados
Como otro desarrollo importante
en la institucionalidad fiscal, el Congreso aprobó en el año 2011 la Ley 1473,
que estableció la Regla Fiscal que en últimas se traduce en la exigencia de
ahorrar en épocas de vacas gordas (por precio del petróleo o por crecimiento
económico) para poder gastar en épocas de vacas flacas. Desafortunadamente, en
su artículo 5, que estableció las metas de ajuste estructural (como se llama al
obtenido después de ajustar por los efectos del ciclo económico y de los
precios minero-energéticos), solo lo hizo a partir del año 2014, cuando comenzó
la caída en los precios del petróleo. No pudimos ahorrar lo suficiente en los
años de altos precios.
No puede esperarse de ningún
gobierno en el mundo esté en capacidad de proyectar con precisión sus ingresos
y sus gastos. Pero si debe informar al Congreso y a la ciudadanía las bases de
sus cálculos y rendir cuentas frente a las desviaciones que se presenten. En
general, tanto la Ley 819 del 2003 como la 1473 son pasos hacia la
consolidación de unas instituciones fiscales sólidas. Ojalá el nuevo gobierno y
el nuevo congreso continúen avanzando por esa vía.
Comentarios
---------------------------------
Trabajo en Provident