Muy positivo que Colombia se vincule a la OCDE. Pero el país debe ser consciente que adoptar las mejores prácticas recomendadas por este organismo va a exigir cambios importantes. Revisemos lo que pasa con el gobierno corporativo de las empresas públicas.
La Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico,
OCDE, acaba de aprobar formalmente la invitación al gobierno colombiano para
iniciar las conversaciones de adhesión del país a dicho organismo (ver
aquí ).
Esto es una noticia positiva, en la medida en que la
política pública y las instituciones colombianas pueden beneficiarse de la
aplicación de las mejores prácticas mundiales, y en que vamos a recibir un
permanente examen de la manera como están funcionando.
Uno de los temas en los cuales tenemos mucho que mejorar es
el gobierno corporativo de las empresas públicas. La OCDE públicó en el 2011
unas directrices sobre este tema. Al revisarlas y al contrastar con lo que es la práctica en Colombia,
encontramos varios aspectos en los cuales indispensablemente tenemos que
mejorar. Señalemos algunos de ellos.
Dice la OCDE. : Las
empresas públicas no deberían verse eximidas de la aplicación de leyes y
regulaciones de carácter general. Pues bien, en varios casos las empresas
públicas colombianas gozan de excepciones a la regulación general: el artículo
211 del Estatuto Tributario establece que las rentas recibidas por las empresas
de servicios públicos domiciliarios, están exentas del impuesto de renta, siempre
y cuando sean obtenidas por entidades oficiales o de economía
mixta. Por otra parte, en la ponencia
de primer debate de la Ley Ordinaria en
Salud, se prohíbe la integración vertical entre gestores y prestadores, pero
esta disposición no se aplicaría a los gestores y prestadores de naturaleza
pública y mixta.
Dice la OCDE: Las
empresas públicas deberían desarrollar procedimientos eficientes de auditoría
interna y crear una función de auditoría interna que esté monitoreada por y
dependa directamente del directorio y del comité de auditoría o del órgano
societario equivalente. En Colombia, como se sabe la función auditora externa
la ejerce la Contraloría General de la República y la revisoría fiscal la
designa la asamblea de accionistas (como debe ser). Sin embargo los auditores
internos los designa el Presidente de la República, en el caso de las entidades
de orden nacional.
Dice la OCDE: Los
directorios de las empresas públicas deberían disponer de la autoridad
necesaria para nombrar y cesar al Gerente General. En la gran mayoría de los casos ello no
sucede así, lo cual le ha dado un amplio espacio de participación a la clase
política para que las gerencias de las empresas públicas, pasen a ser parte del
reparto político general que asegure la famosa “gobernabilidad”. No son pocos
los casos en que gerentes de empresas públicas se han negado a acatar las
directrices de su junta, argumentando “mi jefe es el Presidente (o el Ministro,
o el alcalde), o en el peor de los casos, el parlamentario XXXX”.
Dice la ICDE: Los
directorios de las empresas públicas deberían realizar una evaluación anual,
con el fin de evaluar su desempeño (el del propio directorio). Esta
práctica es casi inexistente, tanto en las empresas públicas como privadas del
país.
Dice la OCDE: La
plena separación administrativa de las responsabilidades de propiedad y
regulación del mercado constituye un requisito previo fundamental para la
creación de condiciones iguales para las empresas públicas y para las empresas
privadas y para evitar la distorsión de la competencia. Este es un
principio que se desprende también de los principios de reforma regulatoria de
este organismo. Todos sabemos que los estatutos de las empresas públicas
colombianas en la gran mayoría de los casos le dan la presidencia de las junta
a los Ministros del ramo respectivo, a los gobernadores o a los alcaldes,
autoridades que tienen también responsabilidades regulatorias o de vigilancia. Ello crea un caso claro de conflicto de interés.
Dice la OCDE: La
legislación y la regulación debería establecer claramente cualquier obligación y
responsabilidad que se exija a una empresa pública en términos de servicios
públicos más allá de las normas generalmente aceptadas. Dichas obligaciones y
responsabilidades también deberían comunicarse a la opinión pública, y los
costos relacionados con las mismas deberían cubrirse de forma transparente. Si
a Satena, por ejemplo, se le obliga a cubrir rutas no rentables, o si al Banco
Agrario se le exige tener presencia en municipios pequeños en los cuales la
escala de sus operaciones no permiten cubrir los costos, los subsidios necesarios
deberían pagarse por encima de la mesa: de esta manera no se esconden
ineficiencias ni se distorsiona el mercado.
Estos son apenas algunos de los temas en los cuales el país
debe cambiar en lo que tiene que ver con el gobierno corporativo de las empresas
públicas, si se aspira que a estar a tono con las mejores prácticas de la OCDE.
Pero en algunos temas, como es el caso de la salud mencionado arriba, en lugar de avanzar, estamos retrocediendo.
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