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Lo bueno, lo malo y lo feo de la reforma tributaria. I- Los impuestos verdes

La reforma tributaria avanzó en el establecimiento de los "Impuestos Verdes". Buena noticia
 
El pasado 29 de diciembre fue sancionada la Ley 1819, que según su título “Adopta una reforma tributaria estructural y fortalece los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal”.  
En este blog tuvimos oportunidad de referirnos a los antecedentes de este proyecto: el informe de la comisión de expertos designada por el gobierno, y el proyecto de ley que presentó el ejecutivo en el mes de octubre.  Según mi apreciación, me gustó mucho el informe de la comisión, un poco menos el proyecto del gobierno, y muy poco la Ley, tal como quedó. Vamos a señalar en este blog, algunos aspectos positivos o negativos de esta reforma. Empezaremos en esta entrada con los primeros, que se refieren a las consideraciones ambientales en la definición de algunos impuestos.

El impuesto al carbono.
Es importante que el país avance en el manejo de los llamados impuestos “verdes”, que son aquellos que buscan desincentivar la utilización de productos contaminantes del medio ambiente. Colombia debe cumplir los  compromisos que se adquirieron al firmar el acuerdo de París  sobre reducción de gases de efecto invernadero (GEI),  para contribuir a la lucha contra el cambio climático. El país se comprometió a reducir en un 20% las emisiones de los GEI con relación a las que proyectarían para el año 2030.  Se necesitan, además de mecanismos de mercado que encarezcan el costo para los emisores y fortalecer el presupuesto nacional para asumir los gastos de adaptación a dicho cambio climático. Las inundaciones que se presentaron en el país en el 2010, por el fenómeno de la Niña, mostraron las vulnerabilidades que tiene Colombia frente a los eventos asociados a este fenómeno.  

La elevación del costo para los emisores debe traducirse, entre otras medidas, en impuestos a los combustibles contaminantes. Desde la expedición de la Ley 99 de 1992 (que organizó el Sistema Nacional Ambiental) se había contemplado la existencia de “tasas retributivas y compensatorias”, que tendrían como objetivo desincentivar  “la utilización directa o indirecta de la atmósfera, del agua y del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agrícolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean el resultado de actividades antrópicas o propiciadas por el hombre”.  En los 23 años de vigencia de esta Ley, esas tasas no habían sido objeto de reglamentación.

El artículo 221 de la Ley 1819 establece el Impuesto Nacional al Carbono, que grava el contenido de este elemento en todos los combustibles fósiles, incluyendo los derivados del petróleo y los gases fósiles que sean usados con fines energéticos, siempre que sean usados como combustión. La tarifa se determina a partir del factor de emisión de carbono (CO2) para cada uno de los combustibles. Es posible que ello se traduzca en una elevación del precio de los combustibles, pero es un costo que la sociedad debe asumir, como ya lo habíamos explicado en una entrada anterior.   

Tarifa preferencial para neveras eficientes en uso de energía

La Resolución 41012 de 2015 del Ministerio de Minas y Energía adoptó el Reglamento Técnico de Etiquetado de uso final de energía eléctrica y gas combustible para equipos que se comercialicen y se utilicen en Colombia. El propósito es el que los consumidores tengan información clara sobre la eficiencia energética de los electrodomésticos que adquieren.
Una de las mayores fuentes de ineficiencia energética radica en el uso de neveras altamente intensivas en consumo de energía, especialmente en los sectores más pobres de la población colombiana.  Se calcula que cerca del 50% del consumo de energía en estos hogares se explica por la nevera. Un estímulo al cambio de la misma por parte de estos hogares tiene plena justificación desde el punto de vista de eficiencia económica y social. Neveras más eficientes pueden traducirse en una disminución en el valor del subsidio para el consumo de energía eléctrica en estos hogares y en una disminución en su  factura de consumo. El artículo 185 de la Ley 1819 redujo el  IVA para las neveras nuevas para sustitución que se clasifiquen como de consumo eficiente de energía eléctrica al 5%, siempre y cuando tengan un precio inferior 30 Unidades de Valor Tributario ($956.000 en 2017), el comprador pertenezca a un hogar de estrato 1 o 2,  y se entregue la nevera usada en el momento de la compra. Este es un caso en el cual se empieza a exigir a los fabricantes y distribuidores responsabilidad en el reciclaje de los artículos durables que agotan su vida útil.  

Impuestos a las bolsas plásticas.
Otro caso en el que el consumidor no asume los costos ambientales de su comportamiento lo constituye el exagerado uso de bolsas plásticas. Un colombiano utiliza 24 bolsas al mes (288 al año). Ello contribuye a congestionar los rellenos sanitarios y a contaminar los océanos. Se calcula que anualmente, 8 millones de toneladas de plástico acaban en los mares del planeta,  amenazando gravemente la supervivencia de muchas especies marinas. Una bolsa de plástico demora 20 años en descomponerse plenamente, según cálculos hechos pro Keep Britain Tidy, una ONG inglesa (ver aquí)  

Por esta razón, muchos países han empezado a implantar impuestos a las bolsas plásticas, o a obligar a los supermercados a facturarlas independientemente. Desde que Irlanda introdujo un cargo de 15 peniques en el 2002 (aproximadamente $500), el uso de las bolsas se redujo en un 90%, según un estudio de la Universidad de Dublin, citado por The Economist
El artículo 207 de la Ley de reforma tributaria crea, a partir de Julio de 2017 el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas, que se causa con la entrega a cualquier título de bolsas de este material cuya finalidad sea la de cargar o llevar productos enajenados por los establecimientos comerciales que las entreguen.

Con estas medidas, Colombia está dando algunos pasos hacia la racionalización del consumo de productos contaminantes.
En próximas entradas estudiaremos otros temas de la reforma tributaria.  Como lo veremos, las  noticias, desafortunadamente, no son tan buenas.
 
 

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