Ir al contenido principal

Archivo

Mostrar más

Tutela por derecho a la información: el caso del pico y placa

Le fue concedida al autor de este blog una tutela para proteger el derecho de información frente a la Secretaría de Movilidad del Distrito. Pero todavía no disponemos de la información solicitada

Como les había informado a los lectores en una anterior entrada, desde el 29 de Enero radiqué en la Secretaría de Movilidad del Distrito un derecho de petición, solicitando los estudios en los que se basó la administración distrital para tomar las medidas de restricción vehicular más conocidas como ampliación del Pico y Placa. El señor Alcalde Mayor de la ciudad, había anunciado efectivamente, en entrevistar radiales concedidas el día 26 de Enero, que esta medida se había apoyado en profundos estudios realizados por expertos.

Transcurridos más de 45 días hábiles de haber enviado mi comunicación sin obtener respuesta, radiqué el pasado 17 de Marzo ante el juzgado administrativo de reparto de Bogotá, una solicitud para que se me tutelara el derecho a la información.

El pasado viernes 27 de Marzo recibí una carta, sin sobre ni radicación de salida, pero fechada el 13 de Febrero, firmada por el Dr Juan Carlos Tarquino, Director de Estudios Sectoriales y de Servicios de la Secretaría de Movilidad. En dicha carta, el Dr Tarquino me informa que debido a la gran cantidad de estudios que sustentan el paquete de medidas, “su reproducción sin antes saber qué documentos específicos usted desea tener podría generar el desperdicio de recursos”. Me envía a continuación un listado de “los diferentes estudios que sustentan la medida con el correspondiente número de páginas que contiene cada uno de ellos con el fin de que "nos informe cuáles requiere y pueda consignar en la Tesorería Distrital el valor correspondiente al número de fotocopías”.

La lista que me envía agrupa temas tales como Agendas regionales de movilidad (2062 folios), Centros de Logística (1162) SITP ( 7314 ) RAPS (3432), (¿qué querrán decir estas siglas?), informes de medición de tráfico 2008 (21267 ) y documentos Pico y Placa (195 páginas).

Dudaría mucho que el Alcalde o el Secretario de Movilidad se hubieran leído las más de 30000 páginas que me relacionaron. Un estudio sobre los costos económicos y sociales de la medida propuesta no debería ser muy largo. Debe sin embargo, ser lo suficientemente profundo, como para que las autoridades distritales se sientan seguras al inmovilizar el 40% de la inversión empresarial en pequeñas unidades de equipo de transporte y el 40% de los activos familiares en automóviles. Debo suponer por lo tanto que el volumen titulado “Documentos Pico y Placa” responde a mis expectativas. Por lo anterior, el lunes 30 respondí la carta del Dr Tarquino, solicitando copia de los 195 folios sobre el tema “Pico y Placa” mencionados. Le pedía que si consideraba que algunas secciones de los otros documentos relacionados contemplaban el tema de costos y beneficios de la inmovilidad, me lo informara, indicándome las páginas precisas donde estaría contenida esa información.

Le solicité nuevamente al Dr Tarquino que me informara el costo de las fotocopias o de los documentos magnéticos necesarios, y el procedimiento para su pago.

Hoy día recibí una comunicación del Juzgado Décimo Administrativo de Bogotá, en la cual se me informa que dicho despacho profirió sentencia en la que resolvió tutelar mi derecho fundamental de petición que me fue vulnerado por la Secretaría de Movilidad, en cabeza del Secretario de Movilidad. Se ordena a dicho funcionario a que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo “le informe al accionante el valor que deberá cubrir por el costo de cada copia solicitada, o el costo que deberá cubrir si se trata de reproducción magnética. Dentro de los tres días siguientes a la consignación del valor, debe el demandado entregar las copias mecánicas o magnéticas de los estudios adelantados".

Les seguiré contando la continuación de esta historia.

Comentarios

Julian Villamizar ha dicho que…
Buenas noches, los links en los que había postiado los archivos caducaron, le agradecería los renovara, o me respondiera para ver si me pudiera hacer llegar los archivos. Me urge, muchas gracias

Entradas populares de este blog

Mitos sobre la descentralización . A proposito del acto legislativo que incrementa las transferencias

El debate sobre el proyecto de acto legislativo que aumentará de manera importante las transferencias al Sistema General de Participaciones ha estado apoyado en dos mitos. El propósito de este artículo es el de debatirlos  Primer mito Los territorios han salido perjudicados, porque han disminuido las transferencias del Sistema General de Participaciones.  Realidad :  He calculado el comportamiento de las transferencias de la Nación al Sistema General de Participaciones entre el año 2000 y el 2024, en pesos constantes del año 2015 (se utilizó  como deflactor el Índice de Precios Implícito del Producto Interno Bruto, calculado según Cuentas Nacionales del DANE). El monto transferido en el año 2024, según el Presupuesto para al año,  era casi el doble (199% superior) del transferido a los departamentos, distritos y municipios en el año 2000 bajo el sistema de transferencias corrientes diseñado originalmente en la Constitución de 1991. Como porcentaje del Producto I...

Calculadora de precios desde 1906 hasta 2024. ¿A cuanto equivalen 30 pesos de 1950 hoy? Haga las cuentas con esta calculadora

Calculadora de precios años desde 1906 hasta 2024 . A partir del Índice de Precios al Consumidor del DANE, desde 1950 hasta diciembre de 2024, y los cálculos del Grupo de Estudios Económicos del Banco de la República (GRECO) sobre la inflación en Colombia entre 1906 y 1950, he construido, con la colaboración del ingeniero Miguel Santiago Azuero Melo, esta tabla que permite pasar precios de un año a otro en este intervalo. Un ejemplo. Su padre compró una casa en 1950 en $30.000. A cuantos pesos equivalen el 31 de diciembre de 2019? Escriba en año base:  1950 Escriba precio del bien en el año base: $30.000 Escriba en año de equivalencia: 2019 El resultado es que esos $30.000 equivalen a $148.219,000 de 2019 Recuérdese que el índice que se utiliza para actualizar  los precios es el IPC. La propiedad raíz ha tenido incrementos reales, es decir el incremento en sus precios ha sido superior a la inflación. En el caso del ejemplo, no se puede concluir que una casa semejant...

Proyecto de presupuesto de 2025: ¿qué debe hacer el Congreso?

  El proyecto de presupuesto que presentó el gobierno al congreso supone un aumento exagerado de los ingresos tributarios, muy por encima de los que se habían incluido en el Marco Fiscal de Mediano Plazo publicado en junio.  Hay que frenar ya esa tendencia inconveniente, e irresponsable, de aumentar cada dos años los impuestos para tratar de alcanzar las ambiciones de gasto de los gobiernos.   El proyecto de presupuesto presentado por el gobierno para el año 2025 contempla ingresos tributarios por valor de $316, 5 billones, cifra superior en 22% a los que el gobierno espera recaudar en el 2024, según el Marco Fiscal de Mediano Plazo que acaba de presentarle al mismo congreso en el pasado mes de junio.  Con ello la carga tributaria pasaría de 15,4% del PIB en el 2024 al 17,7% en el 2025.  Esta cifra es superior además a los $289,9  billones que había presentado en el mismo documento del MFMP para el año 2025. ¿Cuál es el sentido de presentar un Marco finan...